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Transparencia Judicial

Fuente: Diario Estrategia

La reciente publicación de la ley de transparencia y acceso a información pública constituye un avance significativo del Estado de Chile que profundiza los estándares de transparencia y el derecho de acceso a información pública. La legislación entrará en vigencia en abril del año 2009.

Si bien los efectos de la ley se radican fundamentalmente en la Administración del Estado, por ser una manifestación concreta del mandato contenido en el artículo 8 de la Constitución, la legislación extiende sus alcances a los otros poderes del Estado.

En lo que respecta al poder judicial, el artículo octavo transitorio obliga a los tribunales de justicia, a través de la Corporación Administrativa, a cumplir con los mínimos de transparencia activa que establece el artículo 7 de la misma ley que incluye, entre otros, la obligación de publicar en las páginas web la planta de personal, las contrataciones, los actos o resoluciones que tengan efecto sobre terceros, presupuesto, etc., información que debe incorporarse de “manera completa y actualizada, y de un modo que permita su fácil identificación y un acceso expedito".

El estándar de transparencia que se exige al poder judicial resulta oportuno y a éste deben sumarse otras iniciativas que reviertan la opacidad que la ciudadanía percibe respecto de la Administración de Justicia en el país.

Se debiera avanzar en la generación de información pública desagregada y objetiva de las calificaciones de los jueces y sus méritos profesionales así como la incorporación del principio de transparencia en los procedimientos administrativos de ascensos de los magistrados y de selección de los integrantes de los tribunales superiores de justicia.

Iniciativas como las descritas se han mostrado útiles para reforzar la meritocracia, la independencia y la legitimidad de los integrantes del poder judicial y no requieren necesariamente de la aprobación de legislación especial complementaria sino que dependen de un compromiso del poder judicial de revisar sus prácticas de respeto a los principios de transparencia, publicidad y del derecho de acceso a información pública.