Campañas electorales y funcionarios
- Fecha: 3 Jul 2009
- Referencia: 3 de julio 2009
- Referencia: Emol
Viernes 03 de Julio de 2009
Muchos países tienen límites específicos para la participación en campañas políticas de quienes ocupan altos cargos del Estado: se presume que ellos se deben, precisamente, al Estado, es decir, a todos los ciudadanos, antes que a los gobiernos. Por cierto, eso no significa desconocer que son ciudadanos y pueden tener compromisos políticos; pero, dados sus cargos, los países aceptan que son deseables algunas restricciones -en particular al activismo político que pueden desarrollar-, que son de variada naturaleza y dependen de la calidad de los empleados. Por ejemplo, los altos directivos públicos de carrera o elegidos por concurso y los empleados de instituciones específicas -como servicios de inteligencia, impuestos internos, las cortes, entre otros- tienen limitaciones muy específicas que se aplican incluso para momentos en que están fuera de sus servicios. Para el grueso de los funcionarios públicos, las restricciones son más blandas, pero existen. Así, típicamente, no pueden mencionar sus cargos en actividades políticas, ni solicitar contribuciones para campañas políticas.
Las actividades permitidas y prohibidas para las personas cuyo nombramiento tiene un carácter más político, como los ministros de Estado, muestran una gran variedad en la experiencia comparada, pero en general se acepta que durante su jornada laboral les está vedado participar en actividades de campaña, y que no pueden usar las actividades propias de su cargo para promocionar candidatos, solicitar apoyo o contribuciones para las campañas de un candidato o conjunto de candidatos. Un caso reciente lo ejemplifica: en Estados Unidos, hace poco más de un año, la jefa de la Administración General de Servicios -un cargo político- debió renunciar porque en una reunión que, en rigor, era de trabajo, sugirió formas de "apoyar a nuestros candidatos". La agencia encargada de hacer cumplir las normas existentes al respecto planteó que "sus acciones constituyen un obvio mal uso de su autoridad oficial y fueron hechas con el propósito de afectar una elección". La idea de que los funcionarios del Estado no deben intentar afectar los resultados de una elección mediante el uso de su cargo encuentra, con matices, amplia y creciente acogida en otras legislaciones.
En esta materia, Chile tiene reglas apenas incipientes y no ha desarrollado una reflexión mayor al respecto. Muchas veces, las normas que se relacionan con este tema son incluidas en rápidas negociaciones que no dejan mayor espacio para el debate. Evidentemente, es éste un campo en el que nuestro país necesita avanzar. Por eso sorprende que la Cámara de Diputados -en particular sus bancadas oficialistas- haya votado en contra los cambios aprobados por el Senado al proyecto de Ley de Transparencia, Modernización del Estado y Calidad Política, en especial respecto de la norma que prohíbe a los funcionarios públicos, incluidos los ministros, participar en actividades de campaña durante su jornada laboral. Específicamente, se rechazaron las disposiciones agregadas al artículo 8°, que plantean que "en cumplimiento del principio de probidad, los funcionarios públicos, incluidos los de exclusiva confianza del Presidente de la República y los municipales, no podrán participar en actividades de proselitismo político partidista o en la promoción de candidaturas a cargos de elección popular durante su jornada de trabajo, ni podrán usar su autoridad, cargo, bienes o recursos públicos para fines de carácter político partidista o de índole electoral en ninguna circunstancia, sin perjuicio de otras prohibiciones o impedimentos señalados por la ley".
Ésta es una norma razonable, en concordancia con la evidencia internacional y que nuestro país debería ya tener en aplicación hace largo tiempo.


