Un desafío para profundizar la democracia
- Fecha: 3 Nov 2007
- Autor: Moisés Sánchez
- Referencia: La Nación Domingo
- Línea de tiempo: Ley de Acceso a la Información Pública
Es necesario que las causales de reserva sean lo más limitadas y excepcionales posible, de manera de no generar obstáculos para acceder a la información necesaria para ejercer el control democrático, y no limitar el campo de acción del Consejo para la Transparencia.
A punto de cumplirse un año desde que la Presidenta convocó al comité de expertos que elaboró el conjunto de recomendaciones que luego serían conocidas como Agenda de Probidad, uno de los proyectos emblemáticos de la misma, el de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se encuentra a pasos de convertirse en ley. Esta nueva normativa, además de reconocer el acceso a la información como derecho, genera una institucionalidad protectora denominada Consejo para la Transparencia, el que estará conformado por cuatro personas de reconocido mérito y prestigio. Ello coloca a Chile como uno de los países pioneros en el establecimiento de este tipo de órganos en la región, después de México y su Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI).
Los alcances prácticos de esta reforma aún no se dimensionan en su totalidad, pero sin duda generarán grandes beneficios a los ciudadanos, al entregar mayores herramientas para ejercer el control social de los actos y gestión de las autoridades; hacer más sencillos y expeditos los procedimientos para acceder a los documentos y antecedentes del sector público, y generar mecanismos de protección frente a las negativas de acceso, al establecer el reclamo ante el Consejo para la Transparencia, lo que es bastante más sencillo para el ciudadano de a pie que ir a los tribunales de justicia.
Por supuesto, esto sólo será así en la medida que el proyecto que se apruebe otorgue suficiente autonomía al consejo respecto del Poder Ejecutivo. Para ello no basta sólo con las definiciones legales, sino que se requiere que el proceso mismo de selección de los consejeros sea efectuado con los más altos estándares de transparencia, de manera que la sociedad pueda tener conocimiento de los méritos de cada uno de los candidatos. No podemos desaprovechar esta oportunidad histórica para nuestro proceso democrático persistiendo en mecanismos de nominación que excluyen a la ciudadanía y que se enraízan en una "cultura del secretismo" que no está al tenor de los tiempos.
Junto con ello resulta necesario que las causales de reserva contenidas en el proyecto de ley sean lo más limitadas y excepcionales posible, de manera de no generar obstáculos para acceder a la información necesaria para ejercer el control democrático, y no limitar el campo de acción del Consejo para la Transparencia en su toma de decisiones. Por ello resulta preocupante que se llegue a aprobar la propuesta que indica que las materias vinculadas a la defensa nacional, la interpretación o cumplimiento de los tratados internacionales, y la política exterior del país, entre otras, estén sujetas a una calificación de reserva indefinida. Esto, en la práctica, significaría generar por ley áreas de opacidad fuera del escrutinio público. Esta es una salida extrema que no considera la experiencia comparada, que da cuenta de sistemas que, aun en las hipótesis más complejas, establecen un plazo limitado para la reserva, y mecanismos de acceso a la información parcial.
Junto al cambio legal se presentan desafíos culturales no menos significativos. El sector público debe generar procesos de capacitación y sistemas de buenas prácticas, de manera que las solicitudes de información sean respondidas de manera rápida y efectiva. Sólo así el derecho de acceso a la información se convertirá, más allá de las consideraciones legales, en herramienta concreta para que el ciudadano pueda acceder a la información necesaria para desenvolverse en la vida democrática.


